miércoles, 4 de enero de 2023

Redes sociales, hater y difamación en la República Dominicana. Una selva en la que reina información real, mezclada con la desinformación.


Por Ángel Puello
Picoteando el Espectáculo

Las redes sociales se han convertido en una vía muy usada en este tiempo para difamar a los famosos, artistas, políticos, deportistas y empresarios, entre otros.

La verdad es que difamar puede tener efectos devastadores en la vida personal y profesional de un individuo o de una institución pública o privada. El internet con las redes sociales a la cabeza crea la oportunidad de expresar nuestras opiniones libremente y publicar lo que queremos que nuestros amigos, conocidos o incluso personas que nunca hemos visto ni veremos en nuestra vida, sepan lo que hacemos, sentimos y pensamos.

Muchos aseguran que la web es una selva en la que reina la información real, mezclada con la desinformación, que lleva muchas veces a la difamación.

Se observa que muchos de los comentarios insultantes y difamatorios que se hacen en las redes sociales los ejecutan quienes piensan que el derecho a la libertad de expresión está por encima de cualquier otro derecho de un ciudadano, y la verdad es que, el derecho a la libertad de expresión es muy distinto a la calumnia y la difamación.

El poder en internet y las redes sociales, interactuar desde cualquier lugar sin necesidad de ver a la otra persona y “escondernos” detrás de un usuario anónimo, ha promovido la aparición del fenómeno llamado hater, traducido literalmente como “odiador”, que es esa persona que ataca con comentarios negativos a alguien a través de las redes sociales y lo hace porque este personaje público le cae mal, porque canta una música que no va acorde a sus gustos, porque se ve muy atractivo o atractiva, y esto le provoca envidia.

El hater ataca también porque su pensamiento político, religioso o de otra índole no concuerda con el famoso que aparece en alguna red social o página de internet.

El hater actúa escudado por un celular o una computadora, y muchas veces ignora las graves consecuencias que pueden traer sus ataques extremos con comentarios difamatorios.

Pero, las redes sociales al igual que cualquier otro medio de comunicación escrita o hablada, están gobernadas por leyes que definitivamente han empezado a ser aplicadas a nivel internacional.

El artículo 367 del Código Penal Dominicano estipula que la difamación es la alegación o imputación de un hecho que ataca el honor o la consideración de la persona o del cuerpo al cual se imputa.

Por su parte, la injuria es cualquier término de desprecio que no encierra la imputación de un hecho preciso.

Para que ambos delitos queden constituidos, debe de existir un elemento común en el hecho que se pretende imputar: La publicidad. Como el contenido de las redes sociales está al alcance de todo usuario con acceso a las redes sociales es muy fácil que quede constituido el elemento de publicidad.

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