La actriz Dalisa Alegría envió un documento, mediante su abogado Enrique Santelises, a los medios de comunicación en el que instó a estos abstenerse de hablar de ella, y dejar de crearse juicios sobre la también productora de cine.
El documento que lleva por título «A quién pueda interesar” habla sobre los «límites” establecidos en la ley 53-07 Sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. Además, menciona los artículos 21 y 22 de dicha ley, que expresan:
Artículo 21.- Difamación. La difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo.
El Artículo 22, por su lado expresa:- Injuria Pública. La injuria pública cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones, o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínino.
A continuación compartimos el documento integro:
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